Niegan amparo contra ordenes de aprehensión a opositores al Gasoducto Morelos

Al Congreso Nacional Indígena
Al Ejercito Zapatista de Liberación Nacional
Al Consejo Indígena de Gobierno

NIEGAN AMPARO CONTRA ORDEN DE APREHENSION A DEFENSORES DEL TERRIOTORIO

Juez de Amparo en Tlaxcala valora indebidamente supuestas pruebas plenas.
Con la ratificación de las ordenes de aprehensión se demuestra que no existen condiciones para una consulta libre, previa e informada sobre el Gasoducto Morelos

Después de 3 años, 3 meses que nuestro compañero defensor de derechos humanos JUAN CARLOS FLORES SOLIS, desde la cárcel interpusiera amparo en mayo de 2014 contra una nueva orden de aprehensión que anunciara el 24 de abril de 2014, el Secretario de Gobernación en Puebla, Luis Maldonado Venegas en el noticiero radiofónico de MVS Radio conducido por Carmen Aristegui, al manifestar que quienes se oponen al Proyecto Integral Morelos tienen más ordenes de aprehensión no solo en el ámbito local, sino en el federal. El pasado 28 de julio de 2017 el Juzgado Primero de Distrito con sede en Tlaxcala negó el amparo a los defensores comunitarios integrantes del Frente de Pueblos ADELA VILLALBA RAMOS, EUSEBIO AGUILAR TORRES, ALEJANDRO TORRES CHOCOLATL y JUAN CARLOS FLORES SOLIS argumentando que el juez de la orden valoró adecuadamente las pruebas contra los defensores de derechos humanos que son considerados en el proceso penal federal 19/2014 como pandilleros.

La orden de aprehensión sucedió con motivo de una denuncia que el apoderado legal de la CFE, JULIO CHAPA GARZA, hiciera ante el Ministerio Público Federal el 19 de enero de 2014 a las 11 de la noche contra los integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y Agua, argumentando que los trabajadores de la CFE, CARLOS AURELIO MUÑOZ ZAMBRANO Y HECTOR ALEJANDRO TORRES SANTOS, le hablaron por teléfono para informarle que estaban privados de su libertad, sin embargo las presuntas víctimas acudieron personalmente a denunciar el hecho casi 4 meses después, el 6 de abril de 2014, día en que fueron detenidos nuestros compañeros: la comisariada ejidal de San Felipe Xonacayucan ENEDINA ROSAS VELEZ, y un día antes que detuvieran al defensor de derechos humanos JUAN CARLOS FLORES SOLIS. Lo que evidencia la coordinación de los tres niveles de gobierno para criminalizar a quienes se oponen al Proyecto Integral Morelos.

Sobre JUAN CARLOS FLORES SOLIS, pesaron 3 procesos penales siendo acusado de 9 delitos en total: la 127/2012 por los delitos de motín, extorsión, daño a obra hidráulica y despojo; 121/2014 por los delitos de robo agravado con violencia de dos teléfonos celulares y obstrucción de obra pública el cual compartió con los comisariados ejidales ENEDINA ROSAS VELEZ y AVELINO VELAZQUEZ TAPIA y; 19/2014 por los delitos de privación ilegal de la libertad con agravante de violencia, contra servidor público y pandillerismo, el cual comparte con los defensores comunitarios ADELA VILLALBA RAMOS, EUSEBIO AGUILAR TORRES, ALEJANDRO TORRES CHOCOLATL, autoridades civiles y ejidales de San Lucas Tulcingo, así como del comisariado de bienes comunales de San Juan Amecac AVELINO VELAZQUEZ TAPIA. De los dos primeros procesos FLORES SOLIS salió absuelto, pero continua la persecución en su contra con el expediente 19/2014, llevando 40 meses sin conseguir la libertad absoluta y los defensores ADELA VILLALBA RAMOS, EUSEBIO AGUILAR TORRES, ALEJANDRO TORRES CHOCOLATL 39 meses de ser perseguidos judicialmente.

En septiembre de 2015 nuestra organización el FPDTA denunció que la orden de aprehensión del expediente 19/2014 fue utilizada como moneda de cambio para que las autoridades agrarias de San Lucas Tulcingo aceptaran el paso del gasoducto a cambio del perdón de sus autoridades, sin embargo al conocer de este perdón los defensores comunitarios lo anexaron a su amparo como prueba de que los trabajadores de la CFE supuestamente retenidos utilizaban la denuncia como medio de extorsión para conseguir sus fines de liberación del derecho de vía del gasoducto, sin que esto fuera tomado en cuenta por el juez de amparo. Del mismo modo nuestros compañeros amparados ADELA VILLALBA RAMOS, EUSEBIO AGUILAR TORRES, ALEJANDRO TORRES CHOCOLATL y JUAN CARLOS FLORES SOLIS, argumentaron ante el juez de amparo radicado en Tlaxcala que la inspección ministerial que sucedió el 20 de enero de 2014 manifiesta que no pudo comprobar que estaban privados de su libertad los CC. CARLOS AURELIO MUÑOZ ZAMBRANO Y HECTOR ALEJANDRO TORRES SANTOS y que el Notario Público de Atlixco que el mismo día levanto un instrumento notarial fedatando que las víctimas habían sido privadas de su libertad desde el 19 de enero al 20 de enero de 2014, no tiene validez porque al notario no le consta por propios sentidos que haya habido tal privación de la libertad, pues solo fue testigo de una Minuta de Trabajo el 20 de enero de 2014 a las 15:30 horas, donde la comunidad dio a conocer a los directivos de la CFE su negativa al paso del Gasoducto. Siendo ambas pruebas confirmadas por el juez de amparo como pruebas plenas que comprueban la privación ilegal de la libertad. Dejando a los quejosos solo el Recurso de Revisión ante el Tribunal Colegiado de Tlaxcala para que revoque la orden de aprehensión que pesa sobre los defensores del agua y la tierra.

Sin embargo el Tribunal Colegiado de Tlaxcala no ha sido la instancia que ha mostrado celeridad e independencia al resolver estos casos, pues en sus manos estuvo un Incidente de Acumulación de los amparos de ADELA VILLALBA RAMOS, EUSEBIO AGUILAR TORRES, ALEJANDRO TORRES CHOCOLATL y JUAN CARLOS FLORES SOLIS el cual tardo en resolver 18 meses, que fue el principal hecho que mantuvo suspendido la resolución del amparo. En esta ocasión existe un plazo máximo en el artículo 92 de la Ley de Amparo para que se resuelva el Recurso de Revisión en menos de 90 días hábiles, pero de no conceder el amparo a los quejosos los dejara en un estado de indefensión ante la arbitrariedad de las autoridades que persiguen a los defensores de derechos humanos como pandilleros y delincuentes por oponerse a la falta de consulta del Proyecto Integral Morelos.

Después de la sentencia de amparo dictada el 7 de abril de 2017 en el expediente 402/2015 donde se concede a los pueblos de Atlixco el amparo para efecto de ser consultados como pueblos indígenas sobre la construcción y funcionamiento del Gasoducto Morelos, es evidente que no existen las condiciones para dicha consulta, pues ya no se lleva acabo de manera previa a la construcción de la obra, ni tampoco se da en condiciones de libertad pues se sigue persiguiendo a los defensores de derechos humanos que denuncian y se defienden contra las arbitrariedades de este proyecto, así como tampoco es informada, pues hasta la fecha las comunidades en zona de riesgo volcánico no cuentan con información sobre las medidas de seguridad y contingencia que deben seguir en caso de alerta volcánica ya que el paso del gasoducto bloquea las rutas de evacuación del Volcán Popocatépetl.

EXIGIMOS LA CANCELACION DE LAS ORDENES DE APREHENSION CONTRA NUESTROS COMPAÑEROS DEFENSORES COMUNITARIOS Y LA CANCELACION DEL PROYECTO INTEGRAL MORELOS

ALTO A LA CRIMINALIZACION A LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS

Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra y Agua – FPDTA