Defensa contra el Proyecto Integral Morelos interpone incidentes de violación a las suspensiones de amparo

17.09.2020 Comunicado FPDTA-MPT

• Presidente de la República y Directores de CFE y Conagua podrían ser castigados penalmente de violar las suspensiones de amparo

Este jueves 17 de septiembre la defensa legal contra el Proyecto Integral Morelos (PIM), interpuso cuatro incidentes de violación a las suspensiones de amparo contra el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, Director de la CFE, Manuel Barttlet Diaz y Directora de la Conagua, Blanca Elena Jiménez Cisneros, entre otras autoridades.

El “Incidente por Exceso o Defecto en el Cumplimiento de la Suspensión” contemplado en los artículos 206 a 209 de la Ley de Amparo obliga a las autoridades responsables para que, en el plazo de 3 días a partir de su legal notificación, informen sobre los hechos que se denuncia han violado la suspensión, celebrándose la audiencia a los 10 días hábiles de la interposición del incidente. Si se demuestra que las autoridades están violando o no cumplen con la suspensión, como es el caso, el Juez de Distrito les requerirá que, en el término de 24 horas rectifiquen su actuar o de lo contrario se dará vista al Ministerio Público Federal sobre el delito de incumplimiento de suspensión, lo que amerita una pena de 3 a 9 años de prisión.

El Presidente Obrador, Director de la CFE y Conagua tendrán que informar ante el juzgado federal porque han dicho que todos los amparos se han resuelto, cuando existen vigentes suspensiones que protegen los derechos al agua de los ejidos de Ayala, las tierras del ejido de Amilcingo sobre el Gasoducto y la integridad ambiental del Río Cuautla que reclama la comunidad de Huexca. Pues en los incidentes la defensa señala: “Siendo un hecho notorio entonces que, las autoridades responsables están realizando y van a realizar diversas acciones para que en el mes de diciembre inicie el funcionamiento del Proyecto Integral Morelos, basados en que ya se resolvieron todos los amparos, no hay suspensiones vigentes y, por lo tanto, no hay impedimento legal alguno para que se lleve a cabo el proyecto. Lo cual es totalmente falso, pues el presente amparo cuenta con suspensión de plano”.

En el amparo 1185/2019 del ejido de Amilcingo, el 5 de diciembre de 2019, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal y Administrativa del Décimo Octavo Circuito confirmó la suspensión de plano del funcionamiento del Gasoducto Morelos “suspendiendo la inminente operación del gasoducto Morelos, toda vez que pudiera tener por consecuencia la privación total o parcial de las tierras del núcleo ejidal; así también, para que no se lleve a cabo ningún tipo de construcción o modificación, otorgamiento o expedición de cualquier tipo de licencia o autorización para tal fin”, dicha suspensión se encuentra vigente y el amparo apenas está en periodo de desahogo de pruebas, por lo que su resolución definitiva, podría tardar 2 años más aproximadamente. En el caso de la protección al agua de los ejidos, la situación es similar en los amparos 1180/2019 y 162/2020, contando con suspensión de plano “para el efecto de que no se altere, modifique, desvíe y/o cambie el rumbo de las aguas del río Cuautla, con el objeto de que sigan alimentando los canales de riego que pasan por el ejido inconforme… lo anterior, hasta en tanto se resuelva en definitiva el presente juicio de amparo”. Por último en el caso de las aguas contaminadas de descarga de la termoeléctrica hacia el Río Cuautla reclamadas en el amparo 1823/2014, la defensa argumenta que incluso se ha incumplido ya con las recomendaciones establecidas por la UNESCO al aumentar, supuestamente, el volumen de agua que recibe la planta tratadora a 885 lps, cuando la comisión de la UNESCO recomendó en su punto 1.5 no comprometer el buen funcionamiento de la PTAR de acuerdo a su capacidad máxima de diseño que es de 630 lps, por lo que, de ser ciertas las cifras de la Directora de la Conagua, 255 lps estarían contaminado el Río Cuautla, pues la PTAR no tiene capacidad para tratar las supuestas aguas que aumentaron. Aunque cabe mencionar que las cifras de los volúmenes del agua dadas por el gobierno federal no son reales, pues el caudal del Río no ha aumentado y el volumen que se usara para la termoeléctrica es mayor al declarado por la Directora de la Conagua.

Los pueblos y ejidos que se defienden contra la imposición del PIM agotarán todos los recursos legales que tengan para proteger su vida y patrimonio, pero si el poder del gobierno pretende pasar por encima del llamado Estado de Derecho y corromper aún mas al poder judicial y a falsos representantes, para aparentar acuerdos y diálogos, será el pueblo entonces quien, por sus propios medios, haga valer sus derechos.

T’neki tlalle uan atl para tenochti, amo timikiske por tumi – Queremos tierra y agua para todos, no morir por dinero
¡Justicia para Samir! ¡Agua si, termo no!

FRENTE DE PUEBLOS EN DEFENSA DE LA TIERRA Y EL AGUA, MORELOS, PUEBLA Y TLAXCALA