Tribunal Colegiado confirma suspensión definitiva en tres tramos del Tren Maya
9 marzo, 2022
- Hace un año, el Juzgado Cuarto de Distrito paralizó los efectos de la Manifestación de Impacto Ambiental y las obras de los tramos 1, 2 y 3 del Tren Maya, como parte de un amparo presentado por Múuch’ Xíinbal.
- SEMARNAT y DGIRA impugnaron esa resolución, pero el Tribunal Colegiado confirmó la decisión del Juzgado: la MIA regional quedó sin efectos y las obras de los tres tramos deben ser detenidas.
- Obras del tren maya en estos tramos llevan un año violando dicha suspensión
Mérida, Yucatán, 9 de marzo del 2022.- El Tribunal Colegiado en Materias del Trabajo y Administrativa del Decimocuarto Circuito confirmó la resolución del Juzgado Cuarto de Distrito sobre el amparo presentado por la Asamblea de Defensores del Territorio Maya Múuch’ Xíinbal: la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) y las obras de los tramos 1, 2 y 3 del Tren Maya deben permanecer paralizadas.
Como se recordará, el 30 de noviembre del 2020, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), por conducto de la Dirección General de Impacto y Riesgo e Impacto Ambiental (DGIRA), autorizó al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR) la MIA en modalidad regional (MIA-R), para la ejecución del proyecto del Tren Maya en los tramos 1, 2 y 3; que van de Palenque, en Chiapas, a Izamal, en Yucatán.
Ante ese panorama, el 20 de enero del 2021, la Asamblea de Defensores del Territorio Maya, Múuch’ Xíinbal, presentó un amparo por las violaciones al derecho al medioambiente sano y a sus derechos como pueblo maya originario, entre ellos, a obtener información y participar en las determinaciones que pueden afectar su territorio y recursos naturales, tal y como indica el Acuerdo de Escazú, ratificado en la actual administración.
Como consecuencia de ese amparo, el Juzgado Cuarto de Distrito determinó conceder la suspensión definitiva: ordenó a la SEMARNAT y DGIRA dejar sin efectos la MIA-R y detener las obras de la fase 1, basándose, entre otras cosas, en la necesidad de aplicar el principio precautorio o indubio pro natura, pues “existe una incertidumbre sobre el verdadero impacto del proyecto en cuestión, por lo que debe entonces inclinarse la balanza de la justicia a favor de la naturaleza, especialmente al considerar, que su impacto tiene el potencial de trascender a las postreras generaciones y no solo a quienes habitan en la zona, sino incluso a todo el mundo en atención a la interdependencia de los sistemas ecológicos mundiales”.
Por ello, el 9 de abril del 2021, SEMARNAT y DGIRA impugnaron la resolución del Juzgado Cuarto ante el Tribunal Colegiado (recurso de revisión 168/2021), el cual confirmó la suspensión definitiva, reiterando los argumentos en su momento esgrimidos por el Juzgado Cuarto.
También determinó que “como el titular de la autorización reclamada es el Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR Tren Maya Sociedad Anónima de Capital Variable); entonces corresponde a la responsable (SEMARNAT y DGIRA), ordenarle la paralización de los trabajos que tienen como soporte el acto reclamado, de tal manera que ni el citado Fondo como sociedad, ni cualquier particular involucrado con el mismo, puede actuar en ejecución con apoyo en el oficio Reclamado.
En ese sentido, los efectos de la suspensión resultan claros, en cuanto a la precisión de cuáles son las consecuencias del acto reclamado que debían suspenderse, siendo estos el cese o paralización de los trabajos que se autorizaron con motivo del oficio de manifestación de impacto ambiental, que implicara deforestación o puesta en riesgo de especies animales y vegetales autóctonas de los territorios del Estado; de ahí la necesidad de que la responsable ordene al titular de la autorización el cese de sus trabajos”.
De lo anterior se interpreta que la suspensión opera en relación a los tres tramos correspondientes a la fase 1 del Tren Maya, con lo cual y según lo señalado por el Tribunal, deben detenerse las obras respectivas en tanto se resuelve el juicio de amparo presentado por Múuch’ Xíinbal.
Frente a estos hechos, es preciso puntualizar que, pese a la resolución del Juzgado, las obras no han cesado: han seguido su curso. Y es necesario señalar la preocupante reacción del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, quien ha insistido en señalar que el Tren Maya no se detendrá a pesar de lo resuelto de manera definitiva por un Tribunal Federal.
Esto evidencia una tendencia autoritaria que viola la separación de poderes y quebranta el estado de derecho. Las descalificaciones permanentes que el titular del Ejecutivo Federal ha hecho hacia quienes de manera legítima se oponen a este proyecto, representan una violación a la defensa de los derechos humanos, poniendo a quienes viven en las comunidades indígenas afectadas en riesgo, dado el contexto de alta vulnerabilidad en que se encuentran las y los defensores de los derechos territoriales y ambientales de México.
Asamblea de Defensores del Territorio Maya, Múuch’ Xíinbal
Indignación, Promoción y Defensa de los Derechos Humanos A.C.